Ya se dice que la cuesta de
septiembre es la verdadera cuesta, mucho más que la de enero. Las comunidades
autónomas más adelantadas comienzan hoy las clases. Los peques de la casa no
solo estrenan uniformes y libros, sino que a este desembolso se le añade
matrícula, seguros escolares, material, ruta en algunos casos, comedor y servicio
de guardería.
El desembolso puede llegar hasta los 1.000 euros. Sin embargo, el
roto del bolsillo se puede reducir vía declaración de la renta, puesto que las
Comunidades Autónomas han aprobado deducciones que se aplicarán en la próxima
declaración de la Renta a realizar en la primavera de 2017.
Es importante, por
lo tanto, tenerlas controladas y, sobre todo, no tirar los tickets.
Aragón
- Deducción en compra de
libros y material escolar para Educación Primaria y Educación Secundaria.
- Deducción por gastos de guardería por cada hijo menor
de 3 años, con un máximo de 250 euros.
Asturias
- Deducción del 15% gastos
de escuelas infantiles, es decir, guarderías de 0 a 3 años, con un límite de
330 euros por cada hijo, siempre y cuando la base imponible sea inferior a
25.000 euros en tributación individual y a 35.000 para la conjunta.
- Deducción de entre 50 y
150 euros para compra de libros de texto y material escolar de Educación
Primaria y Secundaria sólo cuando la base imponible no supere los 25.000 euros.
Baleares
- Deducción del 100% de lo
invertido en libros y material escolar siempre que la base imponible no supere
los 25.000 euros.
- Deducción del 15%, con un
límite de 100 euros por hijo para idiomas desde el segundo ciclo de Educación
Infantil hasta el Bachillerato, y ciclos informativos de formación profesional
específica.
Canarias
- Deducción de hasta 1.500
euros por cada hijo en gastos relacionados con los estudios. El límite sube a
1.600 euros cuando la base de cotización sea menor a 33.000 euros.
- Universidad. Esta
deducción es aplicable a los gastos de la universidad o formación profesional
siempre que la carrera no esté disponible en la isla de residencia, el hijo no
ingrese más de 6.000 euros, no haya cumplido los 25 años y dependa todavía de
sus padres todavía. La base de cotización de los padres no debe superar los
52.000 euros para tributación conjunta y 39.000 para la individual.
Castilla La Mancha
- Deducción del 100% de los
gastos en compra de libros de texto y material escolar sólo para los hijos
estudiantes de Primaria.
- Deducción del 15% en
gastos de idiomas.
Castilla y León
-Deducciones para los
trabajadores en caso de contratar a una persona empleada de hogar o dejar a su
hijo en una escuela infantil:
- El 30% del sueldo a la
persona empleada del hogar, con un límite máximo de 322 euros.
- El 100% de los gastos en
centros intantiles un límite máximo de 1.320 euros.
Extremadura
- Deducción de 15 euros por
niño de entre 6 y 15 años, por compra de libros y material escolar. Sólo para
las bases imponibles de menos de 19.000 euros en el caso de tributación
individual y de 24.000 euros para la conjunta.
Galicia
- Deducción del 30% del
sueldo a una persona empleada del hogar o del pago a escuelas infantiles de 0 a
3 años. El límite máximo de la deducción es de 400 euros.
Comunidad de Madrid
- Un 15% de los gastos de
escolaridad. Se amplía también a los colegios concertados. No incluye los
libros de texto y solo aplicable a la Educación Básica Obligatoria.
- Un 10% en los gastos
relacionados con la enseñanza de idiomas.
- Un 5% de los gastos en
uniformes escolares.
El límite es de 400 euros
por hijo para la deducción por enseñanza de idiomas, que se amplía a 900 euros
si también se acogen a la deducción por gastos de escolaridad.
Murcia
- Deducción del 15% en
gastos en centros escolares de hijos menores de tres años, con un máximo de 330
euros anuales en tributación individual y 660 euros anuales en tributación
conjunta, por cada hijo de edades entre 0 y 3 años.
Comunidad Valenciana
- Parados. Este colectivo
tiene deducciones de un máximo de 100 euros para material escolar y libros de
texto.
- Deducción de máximo 100
euros en libros de texto y material escolar siempre que la base imponible no
supere los 24.000 euros.
- Deducción del 15% en los
gastos en guarderías para los niños menores de 3 años con un límite de 270
euros.