La transposición de la normativa europea que ultima el
Gobierno marca un antes y un después en la actividad crediticia.
Las hipotecas en España van a cambiar considerablemente una
vez que el Gobierno acabe de redactar el anteproyecto de ley de Reforma
Hipotecaria que prevé llevar al Congreso de los Diputados después del verano.
Estos cambios son fruto de la entrada en vigor en 2014 de una nueva directiva
europea que establece una seria de normas comunes para estos productos en el
Viejo Continente. Estas son algunas de las principales novedades.
De hipoteca variable
a fija
Menos gastos: El auge que están teniendo las hipotecas a
tipo de interés fijo, que ya son casi la mitad de las nuevas que se contratan,
ha hecho que el Gobierno se incline por abaratar la conversión de las actuales
hipotecas de tipo variable en fijo. A falta de conocer los detalles, la idea
del Ministerio de Economía es eliminar las comisiones de cancelación y reducir
los costes de escritura y registro para que el cliente pueda cambiarse a otra
entidad que le ofrezca el tipo fijo. No obstante, la banca recuerda que este
sale más caro porque las entidades tienen que cubrirse del riesgo de variación
de tipos a largo plazo.
Cláusulas suelo
Más transparencia: Cuando el pasado diciembre el Tribunal de
Justicia de la UE declaró ilegales las cláusulas suelo, marcó un punto de
inflexión en el mercado hipotecario español. La nueva le pretende arrojar
transparencia sobre el proceso de contratación de las hipotecas, con toda
seguridad la decisión económica más importante para muchas familias en nuestro
país. Para arrojar luz sobre este asunto, el Ejecutivo se ha propuesto poner al
notario en el centro para convertirle en un garante de la transparencia del
proceso y ayude a prevenir nuevas oleadas de litigios entre clientes y bancos.
A falta de conocer los detalles de la nueva norma, todo indica que se
establecerá un régimen sancionador para los notarios, fruto de sus nuevas
responsabilidades. Para comprobar que el cliente ha recibido y entendido esta
información a la hora de la firma de la compra, el cliente deberá escribir de
su puño y letra que acepta y comprende el contenido de una ficha de advertencia
estandarizada donde se ponga de manifiesto la existencia de determinadas
cláusulas.
Copia del contrato
Antes de la firma ante notario: La práctica habitual de que
el cliente no tenga copia alguna del contrato de la hipoteca hasta el mismo
momento de la firma ante el notario pasará a la historia. La directiva europea,
que es la norma inspiradora de la ley española, obliga a la entidad financiera
a facilitar al cliente todas las ofertas existentes en el mercado, haciéndole
llegar al mismo tiempo una copia del contrato antes de la firma y
garantizándole un plazo de reflexión de siete días tras esta para que pueda
retractarse.
Amortización
anticipada
Menos recargos: La amortización anticipada de la hipoteca
era también objeto de quebradero de cabeza, o mejor dicho, de cartera, ya que
el cliente que hasta ahora lo hacía era penalizado por la entidad, al ser en
parte un incumplimiento del contrato de la hipoteca en cuanto a plazos se
refiere. La nueva directiva europea impone eliminar estos recargos por
amortización, de modo que todo apunta a que la norma española irá en esa línea.
Dación en pago
Evitar el desahucio y menos intereses: La nueva regulación
recoge también la posibilidad de articular la dación en pago (entrega de la
vivienda como única condición para saldar un crédito hipotecario) e insta
además a dar un plazo «tolerante» antes de iniciar un procedimiento de
desahucio. También limita los intereses de demora. Cabe recordar en este punto
que el Tribunal Supremo decidió poner un tope hace unos mees del 2% a las las
penalizaciones hipotecarias al juzgar un caso en que se cobraba nada menos que
un interés del 19%.
El banco, un «big
brother»
Evitar concesiones irresponsables: La directiva europea, y
por tanto la norma española, también da poderes a la banca para acceder a más
información del solicitante de la hipoteca antes de darle un crédito, evitando
concesiones que podrían denominarse como irresponsables y que se dieron durante
lo años de la burbuja inmobiliaria.
Fin de la venta
cruzada
Hipotecas asociadas a otros productos: La norma pone fin
también a la llamada venta cruzada, impidiendo que las entidades bancarias
condicionen la concesión de una hipoteca a la adquisición de productos
paralelos como seguros de hogar, fondos de pensiones o tarjetas de crédito,
práctica muy habitual hasta ahora en España a la hora de contratar un préstamo hipotecario.