Los abogados de Legálitas recuerdan que la empresa deberá
notificar el traslado a la plantilla y a sus representantes legales con una
antelación mínima de 30 días.
La sede social de una empresa está definida por la
legislación como el lugar donde «se halla el centro de su efectiva
administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o
explotación». El traslado de sede social de una compañía no implica
necesariamente la mudanza de la plantilla o de las oficinas centrales, aunque
sí puede llevarse a cabo a corto o largo plazo.
Ante este último caso, desde Legálitas recuerdan cuáles son
los derechos del trabajador de acuerdo al artículo 40 del Estatuto de
Trabajadores, que regula la movilidad geográfica. En este sentido, los abogados
de Legálitas recuerdan que la empresa deberá notificar el traslado a la
plantilla y a sus representantes legales con una antelación mínima de 30 días.
A partir de ese momento, el empleado cuenta con las siguientes opciones:
-Aceptar el traslado con una compensación por gastos. Esta
cifra incluirá los gastos y los de los familiares a su cargo. La cantidad a percibir
será negociada, pero nunca inferior a los límites mínimos establecidos en los
convenios colectivos.
-El trabajador también puede optar por extinguir su
contrato. Si es así, tendrá derecho como mínimo a una indemnización de veinte días de salario por
año de servicio prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un
año.
-También es posible la impugnación de la decisión ante la
jurisdicción social. Si la sentencia declara el traslado injustificado, se
reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo
de origen.
Además, en los casos de traslado de un grupo significativo
de trabajadores de un centro de trabajo, se requieren formalidades adicionales
con los representantes sindicales. Los derechos del trabajador en estos casos
son los mismos que en un traslado individual.
Por otro lado, si los dos cónyuges trabajan en la misma
empresa y trasladan a uno de ellos, el otro tendrá derecho al traslado a la
misma localidad, si hubiera puesto de trabajo. También tendrán preferencia las
víctimas de violencia de género a la hora de ocupar otro puesto de trabajo que
la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.